NOSOTROS ACUSAMOS
Por la memoria, la verdad y la justicia. Por Miguel Hernandez.
Federico y Antonio Machado... por mis muertos y los de tantos... por
nosotros... por la libertad
El 24 de enero de 2012 el
Tribunal Supremo de España ingresará definitivamente en la historia universal
de la infamia: el juez Baltasar Garzón va a ser sometido a juicio por pretender
investigar los crímenes del franquismo.
La impiadosa e inaudita
persecución judicial que este juez está sufriendo excede a su persona. Sin
perjuicio del odio visceral que trasluce el dislate jurídico que algunos
magistrados han puesto en marcha, es el propósito de enterrar la posibilidad de
juzgar dichos crímenes lo que explica el desafuero que están cometiendo.
Contraviniendo la Constitución,
el Derecho Internacional, el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y
la doctrina de que un día supo hacer gala el propio Tribunal Supremo, miembros
de este Tribunal se proponen inhabilitar a Garzón por cumplir lo que los mismos
establecen.
Las consecuencias que ha
tenido este insólito desmán judicial perturban y acongojan. En lo inmediato, la
suspensión en sus funciones del juez, el absoluto desamparo para las víctimas,
la paralización de toda investigación penal sobre uno de los mayores genocidios
cometidos en el siglo pasado y la advertencia implícita a cualquier juez
español que coincida con el sancionado. A más largo plazo, advierten que cuando
median intereses materiales, ideológicos o políticos hay crímenes que no se
investigan y criminales que no se juzgan.
Le imputan a Garzón haber dictado
resoluciones injustas por haber tenido la osadía de pretender investigar
crímenes que sólo se explica que aún no estén juzgados por la impunidad que se
ampara en la Ley 46/1977 de 15 de octubre, de Amnistía, cuya declaración de
nulidad ha sido instada por el Comité de Derechos Humanos de las Naciones
Unidas, entre otros organismos internacionales, por ser violatoria de normas
imperativas del derecho internacional y, por tanto, obligatorias para todos los
Estados.
La Ley de Amnistía, en todo caso,
sólo se refiere a la extinción de responsabilidad penal de los delitos
cometidos con intencionalidad política. Ni de su texto se desprende que
pretendiera albergar a quienes hubieran cometido crímenes lesivos para la
humanidad ni, aunque así se lo hubiera propuesto o se quisiera interpretar,
sería admisible. Salvo que se entienda, por ejemplo, que los nazis hubieran
podido o pudieran ser eximidos de responsabilidad por estas causas.
En el colmo del despropósito, se
trata del mismo Tribunal Supremo que juzgó - y condenó a más de mil años de
prisión - al represor argentino Adolfo Scilingo por crímenes de lesa humanidad
cometidos en Argentina sosteniendo que éstos pueden y deben ser enjuiciados por
ofender a la comunidad internacional, siendo inhábiles cualesquiera leyes que
los amparen. Ahora, cuando el mismo juez español que procesó a aquél pretendió
investigar delitos de similar tenor cometidos por españoles contra españoles en
España, algunos miembros de ese Tribunal lo acusan de prevaricador y van a
juzgarlo.
La torcida interpretación de la
ley de amnistía y la negativa judicial a juzgar estos hechos ilícitos no sólo
sumen en el descrédito y la vergüenza, nacional e internacional, a la administración de justicia española,
sino que desamparan a los cientos de miles de víctimas que en su día lucharon
por defender la legalidad republicana y por eso sufrieron muerte, desaparición
y destierro. Y a sus familiares que, pasados ya más de setenta y cinco años del
comienzo de la acción criminal, deben seguir reclamando infructuosamente
reparación y justicia.
En Alemania, Francia, Italia...
se sigue juzgando a los genocidas nazi-fascistas por hechos cometidos aún antes
de los que Garzón imputaba a los asesinos españoles. En Argentina, Chile,
Uruguay... se juzga a criminales que pretendieron ser amparados con leyes que
los exoneraban de responsabilidad penal.
Tras cuarenta años de dictadura y
treinta y cinco de democracia, en España no existe siquiera una Comisión de la
Verdad a modo de las que se instituyeron en numerosos países en los que se
cometieron crímenes semejantes. Ni a un solo niño robado por la dictadura se le
ha restituido su identidad; ni un solo victimario ha sido identificado
judicialmente; ni a uno un juez le ha tomado declaración. No hay nadie, en fin,
que haya sido imputado por la comisión
de alguno de los múltiples, masivos y generalizados crímenes cometidos.
Los crímenes contra la humanidad
cometidos por el franquismo pueden y deben ser juzgados.
Encubren estos crímenes quienes
se niegan a investigarlos, calumnian quienes le atribuyen delito al juez que
pretende hacerlo.
Hay prevaricadores, pero Garzón
no es uno de ellos.
Los prevaricadores son los que se
han opuesto a la investigación de los crímenes de la dictadura y los que contra
este juez vienen dictando resoluciones manifiestamente injustas.
A ellos han de serles aplicadas
las sanciones que el Código Penal prevé para quienes encubren delitos y
prevarican. A esas penas deberán enfrentarse cuando cese el desvarío y el
derecho y la justicia sean restablecidos. A ellos los acusamos.